Durante el ERTE, al estar el contrato de trabajo en suspensión no se genera la parte proporcional de las pagas extras, salvo pacto en contrario con los trabajadores.
Tampoco se generan vacaciones por los períodos en los que el trabajador tiene en suspenso su relación laboral, como es el supuesto de ERTE, dado que se suspenden las obligaciones recíprocas de trabajar y retribuir el trabajo, salvo que, en pacto con los trabajadores afectados se hubiera acordado otra cosa.